Por Denis Gómez

El primero de mayo de cada año se celebra por estas coordenadas geográficas el día conmemorativo del trabajo. El derecho al trabajo esta consignado en la constitución de la República, en su artículo 127 y define de manera declarativa que existe nominalmente la protección contra el desempleo. Los siguientes artículos hasta el 141, contienen las garantías del deber ser en el cumplimiento del derecho y las regulaciones pertinentes.

Consecuente con la proclamación constitucional del artículo 59, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado y por lo tanto, se DEBE respetar y proteger por parte del gobierno de turno para cumplir con la máxima aspiración de que gocemos de justicia, libertad, cultura y el ansiado cumplimiento del bienestar económico y social contemplados en el artículo 1 de la Carta Magna y hoy 200 años y meses después, ese ansiado bienestar es deuda de Estado.

De momento y desde tiempo atrás nos ocupan y preocupan las precariedades  como en este tema del acceso al empleo y su depresión y escasez y como directamente proporcional afecta, el aumento del desempleo y del subempleo.

Es claro, contundente e indubitable que el Estado no es generador de riqueza, al contrario es un mal administrador, como regla y no como excepción; no solamente por definición académica, sino por una historia bicentenaria que ha imposibilitado pasar de la mera propaganda engañosa de campaña electoral por gobernar, en el mejor de los escenarios (en el peor, desgobernar), para dotar a la población en general, sea partidaria-partidista o no lo sea, como sucede todavía con 4 a 5 de cada diez connacionales que no está comprometido, menos simpatiza con un color político de ayer, de hoy o de mañana y que se pronunció de la manera que sucedió en noviembre del 2021, como resultado del hartazgo y su coyuntura.

La historia reciente de 8 y 4 años permitió una ley de empleo temporal, eventualmente de facto (por no ser legal, tampoco constitucional) de acuerdo a la fuerza politica antagónica de entonces, que hoy legisla, discute, crea y deroga, entre otras funciones constitucionales. Las ventajas y desventajas de la ley del empleo por hora fueron abordadas en cantidad de espacios de diálogo según la comunicación oficial y después de ese ejercicio, ¿probablemente “placébico”?, al no encontrar evidencias indubitables del aparente bienestar económico y social para quienes son el fin supremo del Estado, se votó por mayoría simple y se derogó, como debe ser el camino a seguir de todas aquellas leyes que siendo inconstitucionales, todavía permanecen por el juego de palabras, por la omisión perniciosa y por la moral de situación, entre otros.

Si con la ley en mención, no estuvimos mejor, antes de la creación de la misma tampoco. Ahora la pregunta es ¿lograremos crear los empleos para realmente estar mejor? Todo avance pasará por que la nueva administración del estado busque las opciones junto con la inversión privada para que las garantías del derecho al trabajo se cumplan y le sigan después el derecho de la seguridad social, el de la salud, el de la educación y la cultura y el de vivienda.

Al cierre:

Extractos de “Lo esencial” del connacional Luis Andrés Zúniga:

Lo esencial no está en ser poeta, ni artista, ni filósofo. Lo esencial es que cada uno tenga la dignidad de su trabajo, la conciencia de su trabajo. El orgullo de hacer las cosas bien, el entusiasmo de sentirse transitoriamente satisfecho de su obra, de quererla, de admirarla, es la sana recompensa de los fuertes, de los que tienen el corazón robusto y el espíritu limpio.

Nadie tiene derecho de avergonzarse de su labor, ninguno de repudiar su obra, si en ella ha puesto el afecto diligente y el entusiasmo creador. Nadie envidie a nadie, que ninguno podrá regalarle el don ajeno. Lo único necesario es batallar porque las condiciones del mundo sean propicias a todos nuestros semejantes y a nosotros mismos para hacer que florezca y fructifique cuanto hay en ellos y en nosotros”.

A los trabajadores de Honduras, ¡felicitaciones!

Loading

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuar!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here