El Consejo de Estado acaba de condenar a la Nación por la tortura psicológica, las amenazas, los exilios, interceptaciones ilegales y la persecución emprendida contra mí y mi familia por parte del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) entre los años 2001 a 2010. En un importante pronunciamiento, que además constituye el primer cierre de una de muchas batallas por justicia en nuestro caso, esa alta Corte consideró que las graves situaciones que yo viví se encuentran plenamente acreditadas y que “no se trató de un hecho aislado, sino que hizo parte de una cadena de hechos delictivos cometidos durante meses, e incluso años, sin que hubiese existido algún tipo de control efectivo de parte de la institución demandada”.
La sentencia asevera que “es inadmisible y censurable la existencia de este tipo de actuaciones, que se extendieron sobre aquellas personas a las que consideraban opositoras al gobierno nacional de la época y que marcaron la comisión de violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos y derecho internacional humanitario –desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, torturas, masacres, etc.-. Además, en muchas ocasiones resultaron victimas personas ajenas al conflicto y que configuran conductas que en el ordenamiento internacional de los derechos humanos tienen la connotación de graves violaciones y de lesa humanidad, motivo por el cual la periodista Duque Orrego y su hija tuvieron que ser protegidas mediante medidas cautelares proferidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, pues, incluso, las medidas adoptadas en el país por el Ministerio del Interior y de Justicia no fueron suficientes, dado que la actividad delictiva duró entre el 2001 y el 2010. Asimismo, las pruebas testimoniales recaudadas a los exfuncionarios del DAS dan cuenta de la utilización de medios de comunicación y elementos de dotación oficial, que le permiten a la Sala inferir una conducta delictiva reiterada que se realizaba desde las instituciones a las cuales prestaban sus servicios.
En efecto, la anterior circunstancia fáctica revela una falta de control y extraordinaria permisividad por parte de la entidad demandada, sobre las conductas delictivas que se estaban realizando por parte de esos funcionarios dentro de la entidad, al punto de que los mismos directores generales estuvieron directamente involucrados, por lo que puede entenderse que se configuró una falla del servicio frente al control de personal e instrumentos de dotación oficial, los cuales eran utilizados en la comisión de actividades delictivas”.
El Consejo de Estado reconoce que “está acreditado que, como consecuencia del homicidio del reconocido periodista y humorista Jaime Garzón Forero, la periodista Claudia Julieta Duque Orrego participó activamente con el fin de determinar los móviles y causantes del delito, actuación que la llevó a ser víctima de amenazas que la llevaron incluso a abandonar el país con apoyo de varias organizaciones internacionales. |En efecto, del material probatorio válidamente recaudado, se encuentra demostrado que la señora Claudia Julieta Duque Orrego fue objeto de interceptaciones ilegales, seguimientos y tortura sicológica por la cual fueron encontrados responsables disciplinaria y penalmente miembros adscritos al extinto DAS.
En el proceso, obran múltiples pruebas que dan cuenta de que en contra de la señora Claudia Julieta Duque Orrego se implementó un plan con el fin de castigarla por la actividad que estaba realizando, especialmente a través de las amenazas en contra de su hija. Además, la Sala parte del hecho de que está plenamente probado que la señora Claudia Julieta Duque Orrego fue víctima del delito de tortura sicológica por parte de exfuncionarios del DAS, tema que no fue objeto de apelación, amenazas, seguimientos, interceptaciones ilegales, tortura sicológica y labores de inteligencia entre 2001 y 2010 y que, como consecuencia de ello, sufrió estrés post traumático crónico con características agudas asociado a manifestaciones ansiosas, depresivas y sicosomáticas”.
Infortunadamente, el Consejo de Estado declaró la caducidad de la acción administrativa frente al Ministerio del Interior y la Fiscalía General de la Nación, desconociendo la relación entre la omisión de investigación de la segunda y de protección del primero con los ataques perpetrados desde la policía secreta colombiana. Esta consideración es una importante oportunidad para que el sistema interamericano de Derechos Humanos, donde nuestro caso se encuentra en etapa de fondo en la Comisión, realice un control de convencionalidad y compatibilidad de los estándares fijados por la jurisprudencia nacional respecto a la caducidad en casos de graves violaciones a los derechos humanos.
De igual forma, aunque el Consejo de Estado reconoce las graves afectaciones a mi hija, no le otorga indemnización por daño a la salud por no estar acreditado mediante un peritaje de Medicina Legal. Esto constituye también una oportunidad para que el sistema interamericano analice los derechos de la niñez en el marco de situaciones como ésta, que hubieran podido revictimizarla más.
Se trata de una victoria parcial, pero hasta ahora la más importante a nivel nacional, en la lucha por verdad y justicia en mi caso. Desde que leí la sentencia hace unos minutos no he parado de llorar. Les ruego a los colegas de los medios dejarme asimilar esta noticia al lado de mi familia, que como bien lo dice el Consejo de Estado ha debido sufrir los embates de la persecución a mi lado de manera incondicional durante más de 20 años.
Hoy agradezco profundamente a quienes me han apoyado durante las últimas dos décadas, a los y las amigas de infancia que fueron sometidos a espionaje por el solo hecho de ser mis amigos; a mis hermanos por estar siempre ahí y darme su apoyo en los peores momentos; a mi hija por ser el más incondicional de todos los soportes y el más fuerte de todos los pilares; a mis padres, y en particular a mi madre, que murió hace año y medio y no pudo ver llegar a la justicia; y a las múltiples personas y organizaciones que salvaron mi vida con su solidaridad, afecto, respaldo y acompañamiento.
Radicación número: 250012326000201200198 01 (66603)
Actor: Claudia Julieta Duque Orrego y otros
Sentencia en: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/downloader.aspx?guid=B0CE2EB7AFD9CD7A%20BB69286DB5D64D6A%207C65210003288509%2030E4B7ADA93B542F%20250002326000201200198011100103