San José, Costa Rica, 19 de enero de 2026.- En la sentencia del Caso Leonela Zelaya y otra Vs. Honduras, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado de Honduras es responsable internacionalmente por las violaciones  a los derechos de Leonela Zelaya, mujer trans, debido a las detenciones ilegales y arbitrarias de las que fue víctima los días 20 de enero, 11 de agosto y 2 de septiembre de 2004, y por el desconocimiento de su identidad y expresión de género durante la investigación de su muerte, ocurrida el 7 de septiembre de ese mismo año. Asimismo, la Corte concluyó que el Estado incurrió en responsabilidad como consecuencia de la demora injustificada y la falta de debida diligencia reforzada en la investigación de lo ocurrido a Leonela Zelaya, lo cual violó los derechos a las garantías judiciales y protección judicial de Thalía Rodríguez, quien convivió con Leonela Zelaya por nueve años y, además, por la violación del derecho a la integridad personal de Thalía Rodríguez, debido a los sufrimientos derivados de la demora judicial y la falta de debida diligencia en la investigación. La decisión de la Corte tuvo en cuenta que el Estado reconoció parcialmente su responsabilidad internacional.

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