El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) aplaudió hoy la decisión de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia que ordenó repetir el juicio por la muerte de la pasante de enfermería Keyla Martínez, ocurrida hace unos cuatro años, mientras permanecía bajo custodia policial en una celda preventiva de la jefatura de La Esperanza, Intibucá

El CONADEH recibe con mucha alegría la decisión de la Sala de lo Penal en vista que se va a realizar  nuevamente el juicio para determinar los hechos  reales que sucedieron  en torno a la muerte de Keyla Martínez, declaró el Delegado Adjunto del CONADEH, Ricardo López.

Como Institución Nacional de Derechos Humanos  consideramos importante que las autoridades  del Estado realicen un procedimiento de investigación  exhaustivo con el único fin de poder  esclarecer la muerte  de  Keyla y que se pueda castigar  a la persona que ha cometido este delito  nefasto, expresó.

Agregó que el CONADEH estará atento para dar seguimiento,  como lo hemos venido haciendo en este caso, pero también en cualquier otro, para evitar su impunidad.

El 14 de septiembre de 2023, el Tribunal de Sentencia de Siguatepeque dicto el fallo en el que declaró culpable del delito de homicidio imprudente al policía Jarol Rolando Perdomo Sarmiento, acusado por la muerte de  Keyla Patricia Martínez ocurrida el 7 de febrero del 2021 en una celda de la Unidad Departamental de Policía en La Esperanza, departamento de Intibucá.

López, recordó que, el 12 de octubre de 2023, la Comisión Interinstitucional de Seguimiento a las Investigaciones de Muertes Violentas de Mujeres y Femicidios (CISMVMF), de la que el CONADEH es parte, instó al Poder Judicial  a investigar, rectificar  y actuar conforme a la ley y a los protocolos internacionales ratificados por el Estado de Honduras para garantizar que impere la  justicia en el caso de Keyla Martínez.

Además, exhortó a la realización de procesos formativos constantes a las juezas y jueces, con relación a la aplicación de la perspectiva de género, manejo del tipo penal de femicidio y la violencia contra las mujeres.

La Comisión Interinstitucional consideró que, al dictar un fallo condenatorio por homicidio imprudente en su grado de comisión por omisión, se desconocía el acervo probatorio presentado por el Ministerio Público, testimonios y pruebas científicas, que prueban la existencia de un delito doloso cometido por Sarmiento, quien, aprovechando su estatus de autoridad, en lugar de “Servir y Proteger” se convirtió en su verdugo.

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