Cada 28 de abril, la Colectiva de Mujeres Hondureñas, CODEMUH, conmemora el Día de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, reconocido inicialmente como “Dia de las Victimas del Trabajo” en memoria de 28 trabajadores que murieron en Conneticut, EU en 1987 y, de millones de trabajadoras y trabajadores que mueren o han sufrido lesiones/ enfermedades a consecuencia del trabajo que ejecutan.

En 2003, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) oficializó esta fecha como “Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo”, considerándola como una oportunidad para promover la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo. Según datos de la OIT, cada año mueren más de 2.9 millones de personas a causa de enfermedades y accidentes relacionados con el trabajo, y se registran más de 395 millones de lesiones laborales no mortales.

La CODEMUH desde hace más 35 años viene denunciado que, ni las autoridades de la SETRASS ni del IHSS tienen bases de datos ni estadísticas, que determinen con veracidad el número de accidentes de trabajo ni de las enfermedades profesionales. Las cifras son vitales y sirven de alarma para movilizar la acción conjunta de gobierno, patronos, trabajadores y organizaciones sociales.

Es imperativo que Honduras adopte y haga cumplir estándares internacionales de seguridad y salud en el trabajo, conforme a los convenios y recomendaciones de la OIT, especialmente el Convenio 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores y el Convenio 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo.

Para la protección de la integridad personal de la población trabajadora, se necesita:
1) Evaluación y prevención de riesgos laborales (identificación y análisis de los riesgos en cada puesto de trabajo, y la evaluación periódica de condiciones de trabajo.
2) Capacitación continua al personal en Seguridad y Salud Ocupacional con el propósito de prevenir los riesgos laborales.
3) Condiciones de Trabajo seguras y adecuadas, jornada de trabajo de acuerdo con la Ley y reducción de la carga física y mental excesiva.
4) Atención Médica de calidad, acceso a servicios de salud ocupacional y tratamiento oportuno a los riesgos laborales, registro y monitoreo de incidentes, enfermedades y accidentes).
5) Participación de las trabajadoras/es en la toma de decisiones sobre condiciones de trabajo.
6) Protección Especial a Grupos Vulnerados (adaptaciones razonables para trabajadoras y trabajadores con discapacidad, maternidad o enfermedades profesionales, prevención del acoso y la violencia laboral)

Por lo antes expuesto;

  • Demandamos mayor fiscalización del cumplimiento de normas en sectores de alto riesgo y la protección de las/os trabajadoras/es vulneradas/os.
  • Llamamos a que se respete el derecho a la vida y a la salud en el trabajo como una condición fundamental para el desarrollo humano y productivo.
  • Exigimos la aprobación de la “Ley de Salud en el Trabajo” que cumple con todos los estándares explicados anteriormente y que incidiría en la prevención y protección contra los riesgos profesionales y garantizaría el goce pleno de la seguridad social. ¡La vida y la Salud de la Población Trabajadora está en Alto Riesgo!

ALTO a la Violencia Laboral
¡Empleo Sí, pero con Dignidad!

Choloma Cortés, 28 de abril de 2025

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