Tegucigalpa, Honduras

La presente Articulación Ciudadana, conformada por Organizaciones de la Sociedad Civil independientes considera indispensable acompañar e incidir en todo el proceso de construcción de la Comisión Internacional Contra la Impunidad y la Corrupción en Honduras, CICIH.

En este sentido hemos elaborado una propuesta ciudadana de Mecanismo Internacional Anticorrupción con el apoyo de expertos internacionales que integraron la MACCIH, la CICIG y la CICIES, exfiscales de la FECI en Guatemala y de la UFECIC en Honduras, miembros de organizaciones especializadas en la materia, dicha propuesta está basada en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y fue ampliamente socializada con organizaciones hondureñas, misma que fue entregada el 7 de marzo del 2022 al Secretario de Transparencia Edmundo Orellana, al Vicepresidente del Congreso Nacional Hugo Noé Pino, y al Fiscal Jefe de la UFERCO Luis Javier Santos, evento a que invitamos al canciller de la República Enrique Reina y no asistió ni envió representante.

Dicha propuesta se ha preparado tomando en consideración las lecciones aprendidas de las experiencias en Centroamérica, de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), la Comisión Internacional contra la Impunidad en El Salvador (CICIES) y por supuesto, la experiencia con la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH).

CONSIDERANDO: Que en el año 2015, las organizaciones presentes, acuerpamos, apoyamos y participamos en las protestas denominadas “marchas de las antorchas”, tanto a nivel de dirigencia como de base, mismas que exigían al gobierno la instalación de un mecanismo internacional de las Naciones Unidas para combatir la corrupción, luego de que saliera a la luz pública, el monumental saqueo de fondos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), mismos que fueron a parar a manos de políticos corruptos para financiar su permanencia en el poder.

CONSIDERANDO: Que el resultado de esa lucha social fue la instalación de la Misión de Apoyo contra la corrupción e impunidad en Honduras (MACCIH), que a pesar de carecer de las capacidades que se esperan de la CICIH y enfrentar un sinnúmero de obstáculos, logró algo sin precedentes, investigar a los más altos niveles del poder político hondureño; evidenciando como operan las redes de corrupción e impunidad en nuestro país.

CONSIDERANDO: Que el ex presidente de la República fue vencido en juicio en los Estados Unidos por sus vínculos con el narcotráfico, lo que refleja que la corrupción y el crimen organizado permearon las más altas esferas del poder, sin haber tenido una sola investigación por el Ministerio Publico hondureño, evidenciando la incapacidad o colusión de la institucionalidad nacional para denunciar y perseguir las actividades clandestinas de los políticos hondureños y demostrando la urgente e impostergable necesidad de ayuda internacional.

CONSIDERANDO: Que el gobierno de Honduras ha solicitado formalmente a la Organización de las Naciones Unidas, el acompañamiento y apoyo para la instalación de una Comisión

Internacional Contra la Impunidad y la Corrupción. Encontrándose firmado un Memorando de entendimiento a partir del 15 de diciembre del 2022, mismo que ha sido prorrogado a solicitud del gobierno de Honduras en dos ocasiones.

CONSIDERANDO: Que las Naciones Unidas nombro a un grupo de expertos que elaboró un diagnóstico, de las condiciones políticas, jurídicas e institucionales en el país, basados en el cual, emitieron una serie de recomendaciones o requisitos que el Estado de Honduras debe cumplir para allanar el camino para que pueda instalarse y funcionar un Mecanismo Internacional de Combate a la corrupción.

CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras no ha cumplido con las condiciones mínimas requeridas por la ONU para la instalación de la CICIH, y en lugar de ello, han presentado dos iniciativas de ley por medio de la diputada Xiomara Hortensia Zelaya Castro, hija de la pareja presidencial, y que ambas iniciativas además de carecer de utilidad para fortalecer el mandato o instalación del Mecanismo, han sido creadas por fuera del proceso de negociación, que según el Memorando de Entendimiento, sería un mandato construido en conjunto entre el Gobierno de Honduras y las Naciones Unidas, entorpeciendo las negociaciones y retrasando el proceso de instalación de la CICIH.

Por tanto,

Exigimos al gobierno de la república, representado por la Presidenta Iris Xiomara Castro Sarmiento, al grupo nombrado por el gobierno para negociar el convenio de la CICIH, integrado por el Canciller de la República Enrique Reina, por la ex secretaria de finanzas y pre candidata presidencial oficialista, Rixi Ramona Moncada, el Procurador de la República, Manuel Díaz Galeas y la ex secretaria de Trabajo Mayra Mejía, al Congreso Nacional, a la Corte Suprema de Justicia y al Ministerio Público, cumplir de inmediato con los requisitos establecidos por Las Naciones Unidas para la instalación de la CICIH sin mas dilaciones ni demoras, e implementar los principios de máxima publicidad, inclusión y transparencia en el proceso de negociación de la CICIH. En tal sentido, y con base a las lecciones aprendidas de la región, exigimos que se cumpla lo siguiente:

  1. Inclusión y participación: Que se mantenga un canal de comunicación directa entre el Gobierno, las Naciones Unidas y la sociedad civil de manera amplia, tanto la representada en este espacio, como en otras expresiones interesadas en coadyuvar, durante el proceso de creación y establecimiento del Mecanismo anticorrupción.
  • Descentralización: Dados los inminentes alcances de la corrupción, consideramos indispensable que el trabajo de la CICIH vaya más allá de la capital del país, y tenga alcance en los municipios y territorios donde se ha instalado el crimen organizado, mediante oficinas regionales, tal y como lo plantea nuestra propuesta técnica.
  • Independencia: La conformación y selección del personal de primer nivel de toma de decisiones que integre la CICIH, debe estar a cargo de las Naciones Unidas, mediante procedimientos que garanticen la objetividad en la selección y el establecimiento de perfiles de alto nivel con reconocida y comprobable trayectoria, honestidad y eficiencia en la materia.
  • Marco jurídico indispensable: Derogar leyes y decretos que podrían resultar lesivas para el trabajo y funcionamiento de la CICIH:
  • Revisar la ley para la Reconstrucción del Estado de Derecho (Decreto No. 4-2022 o Ley de Amnistía) que se aprobó a inicios del 2022 en lo referente a los delitos de corrupción.
  • Revisar el nuevo Código Penal en la reducción de penas a los delitos de corrupción.
  • Revisar Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TSC),
  • A pesar de que fue derogado el Decreto 116-2019, o Fondo Departamental, se sigue repartiendo dinero entre congresistas bajo la figura de “Subvenciones”, violentando la función constitucional del legislador, y promoviendo la corrupción, la compra de conciencias y votos.
  • DEROGADOS Decretos 57-2020 y 93-2021
  • Reformas a la Ley Orgánica del Congreso Nacional. Artículo 81‐ A y 10-A agregado mediante Decreto 117-2019, Derogar Decreto 239-2011 Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad y modificación al artículo 287 de la Constitución, Derogar el Decreto No. 94-2021.
  • Aprobar la Ley de Colaboración Eficaz considerando la versión creada por la MACCIH.
  • RETIRAR el anteproyecto de Ley Especial de la Comisión Internacional contra la Corrupción y la Impunidad CICIH presentado por la diputada Xiomara Hortensia Zelaya Castro el 17 de abril del 2024, mismo que entorpecería la instalación de la CICIH y restaría facultades investigativas o de independencia al Mecanismo.
  • Elementos que debe contener y NO son negociables:
  • El Mecanismo debe ser internacional con la colaboración de las Naciones Unidas y basada en los principios de independencia, imparcialidad, integridad y transparencia.
  • Debe tener capacidades para investigar casos en conjunto con el Ministerio Público en equipos integrados con la UFERCO dotando a esta unidad de capacidades que trasciendan el periodo en que permanezca la CICIH en el país.
  • El Convenio debe ser lo suficientemente claro en cuanto a las capacidades y alcances que tendrá el Mecanismo; así mismo debe ser claro en cuanto a las obligaciones y compromisos del Estado de Honduras como contraparte y evitar ambigüedades que puedan afectar su implementación.
  • Asistir a terceras partes acusadoras privadas en procedimientos administrativos, disciplinarios, penales y no penales. Lo que sustituye eficientemente la figura de querellante adhesivo.
  • Debe contener una unidad de investigación robusta con expertos internacionales en delitos financieros que sigan la pista de los capitales provenientes de la corrupción y el crimen organizado y las maneras en que estos son blanqueados, esta unidad deberá trasferir las capacidades a fiscales nacionales.
  • Que el Mecanismo cuente con oficinas de campo en el interior del territorio de Nacional.
  • Contar con un “Consejo Consultivo Asesor y Supervisor Externo” para fortalecer la transparencia y rendición de cuentas de la Comisión, que incluya a la sociedad civil que tenga experiencia y vínculos con la materia.
  • Acuerdos Mínimos para la Implementación del Mecanismo
  • La CICIH deberá ser jurídicamente distinta, funcional y políticamente independiente del Estado de Honduras y con autonomía funcional de hacer uso de sus competencias, de acuerdo con lo que considere necesario. Deberá tener una vigencia por un periodo mínimo de 4 años, con opción a ser prolongado por 4 años más, las veces que sea necesario.
  • Acceso total sin restricciones a la información relativa a las gestiones públicas realizadas por las administraciones pasadas y las que estén en funciones durante su ejercicio, así como acceso a las instituciones privadas, bancarias, alianzas público – privadas y cualesquiera que las investigaciones ameriten.
  • Funciones:
    • Función de inteligencia e investigación preliminar en materia criminal con amplias capacidades en inteligencia financiera.
    • Función de facilitar, agilizar, promover y prestar colaboración activa para que el Estado de Honduras luche contra la corrupción y la impunidad.
    • Función de monitorear, informar y publicar sobre el desempeño del Estado de Honduras en la lucha contra la corrupción y la impunidad.
    • Función de colaborar con las víctimas, las comunidades afectadas y la sociedad civil, y apoyar sinergias para el cambio, entre medios de comunicación independientes, periodismo de investigación, el sector privado, el sector financiero y la academia.
  • Facultades:
    • Para realizar investigaciones (inteligencia e investigación criminal y financiera) preliminares y totalmente independientes (incluido el enriquecimiento ilícito actualmente limitado al TSC), sobre administraciones pasadas y las que se encuentren en funciones durante el ejercicio de la CICIH, con la libertad de hacer públicas las conclusiones, y de presentar las denuncias en el MP y de participar como tercera parte en los procesos.
    • Para identificar y, donde sea necesario, determinar la creación de unidades nacionales de exclusiva competencia para los procesos de los casos seleccionados por la Comisión, y participar, con facultad de veto, en la selección, evaluación y certificación del personal de estas unidades.
    • Para apoyar, colaborar activamente y acompañar al Ministerio Público y otras partes del Estado de Honduras, también en equipos integrados, en todas las fases de los procesos, y proporcionar asistencia técnica. Lo mismo aplica a terceras partes y partes acusadoras privadas en los procesos.
    • Para evaluar, facilitar, agilizar y promover reformas legales e institucionales, incluyendo, pero no limitándose a la selección transparente y basada en el mérito de los altos cargos en los sectores justicia y las fuerzas del orden.
  • Obligaciones primarias de las partes:
    • Del Estado de Honduras definidas de manera inequívoca en el Convenio Internacional que garanticen las condiciones plenas para que la Comisión pueda desempeñar sus funciones y facultades.
  • Del Ministerio Público en la definición de la política general, integración del o la Fiscal General, o la Fiscal General Adjunta y el o la jefa de la unidad nacional de investigación contraparte de la Comisión, en un Comité Directivo de Persecución Penal, bajo la presidencia de la Comisionada o Jefa de la Comisión
    • De las NU elección bajo un modelo de liderazgo multipersonal. El liderazgo político estaría en manos de una persona “Comisionada” (Art. 5, párr. 2), con rotación en general, cada tres años.
    • Adscribir a las organizaciones de SC, conforme a criterios que consideren su legitimidad con relación a su participación en el combate a la corrupción e impunidad.
    • De la CICIH en cuanto a la rendición de cuentas, obligación de informar periódicamente a la Organización de las Naciones Unidas y a la sociedad civil.
    • Implementación de un mecanismo de evaluación de la CICIH exclusivo e independiente.
  • Rol de la Sociedad Civil
    • Participación conjunta con la cooperación internacional y el Gobierno de Honduras en la negociación, delimitación y establecimiento del convenio que, de vida a la CICIH, y en general, durante el funcionamiento de dicho mecanismo. Dicha participación debe ser por medio de instancias orgánicas dentro de la estructura de la misión.
    • La sociedad civil debe facilitar y promover el fortalecimiento del estamento legal (modificación y según caso creación y derogación de leyes).
    • Como veedores de los procesos administrativos y de gestión/resultados de la CICIH.
    • Como facilitadores de información para la apertura de líneas de investigación.
    • Como parte de una mesa de trabajo permanente, en conjunto con el Ministerio Público y la dirección de la Comisión, en el diseño de la política criminal donde se establecerá la forma de identificar y priorizar casos de interés para la CICIH en el marco de su mandato.

Elaborado el 2 de mayo del 2022, revisado y actualizado el 7 de junio del 2023, actualizado el 25 de abril del 2024.

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