Se prometió al pueblo hondureño reconstruir el Estado de Derecho mediante la independencia judicial para asegurar una aplicación de la ley justa e imparcial, combatir la corrupción e impunidad y asegurar seguridad jurídica. La aprobación de la nueva Ley de la Junta Nominadora muestra un claro interés de partidizar la Corte Suprema de Justicia para imponer proyectos políticos, manipular instituciones democráticas y seguir aplicando la justicia de manera selectiva.

La Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), capítulo en Honduras de Transparencia Internacional, se pronuncia con respecto a la aprobación de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a la Corte Suprema de Justicia (CSJ):

  1. Un Congreso Nacional legislando en contra del bien común. El actual Congreso Nacional, denominado “Congreso del Pueblo” y presidido bajo un manto de incertidumbre legal por el diputado Luis Redondo, actuó en sentido contrario al interés general de la población, respondiendo únicamente a un congreso de políticos que pretenden continuar con una justicia partidizada. Si Honduras vuelve a tener una crisis política que conduce a violencia, daños a la propiedad y muertes, producto de interpretaciones judiciales que buscan legalizar procesos continuistas o la concentración del poder, la responsabilidad recaerá en las diputadas y diputados que optaron por permitir a directivos de partidos políticos convertirse en magistradas o magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
  2. La interpretación de la Constitución debe complementarse con elementos del perfil de magistrada(o) y los riesgos latentes. Según las recomendaciones vinculadas al estándar de elección con base en mérito y capacidades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la evaluación de las candidaturas por parte de la Junta Nominadora debe estar orientada a identificar a las personas más idóneas para ocupar una magistratura en la Corte Suprema de Justicia. Ello implica advertir que no basta que los candidatos y candidatas cumplan los requisitos mínimos establecidos en el artículo 309 de la Constitución de la República o verificar que no estén incursos en las incompatibilidades descritas en el artículo 310. Encontrar a las personas más idóneas, implica contrastarlas con un perfil desarrollado para el cargo y establecer un orden de precedencia entre ellas, en función de cuánto se acercan a ese ideal.
  3. El Congreso Nacional le traslada la responsabilidad política a la Junta Nominadora. Mediante la determinación de evaluar un elemento subjetivo como la ética a posibles postulantes directivos de partidos políticos, el Congreso Nacional genera una carga innecesaria a una instancia meramente técnica ya con suficiente presión política y social. Es importante mencionar que ni la comisión dictaminadora o la junta directiva del Congreso se reunió con las organizaciones miembros de la junta nominadora para informar de dichos cambios, lo que demuestra la falta de consulta democrática y respeto a la institucionalidad, repitiendo las prácticas tradicionales impositivas del autoritarismo.
  4. Una participación de la sociedad civil abierta pero desregulada. Reconocemos la innovación de la nueva legislación aprobada de abrir la posibilidad para que sectores de la sociedad civil puedan participar, sin importar su condición jurídica, siempre y cuando tengan experiencia en el desarrollo de actividades o proyectos de justicia. Sin embargo, alertamos sobre el riesgo de manipular el principio de democracia directa cuando solamente las organizaciones debidamente registradas en la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) puedan presentar candidatas o candidatos a representar la Junta Nominadora, mientras que el resto de las organizaciones que no se encuentran registradas solamente podrán votar por los candidatos. Además de ser contrarios a los principios democráticos, fácilmente sectores políticos o económicos pueden cooptar las organizaciones sociales votantes como ha sucedido en momentos anteriores.
  5. Oficializamos nuestro rol independiente de veedor y observador del proceso de elección de la nueva Corte Suprema de Justicia. Aclaramos que no participaremos como candidato a representar a la sociedad civil en la Junta Nominadora para evitar cualquier conflicto de interés y para brindar la oportunidad a otras instancias. La ASJ continuará trabajando con sectores empresariales, académicos, gremiales, sociales, grupos vulnerables, políticos, medios de comunicación y la comunidad internacional en pro de una coalición por la transparencia, rendición de cuentas e independencia judicial. A su vez, se tiene prevista la capacitación de los miembros de la Junta Nominadora con respecto a la nueva ley, técnicas de evaluación y el tratamiento de los conflictos de interés. Asimismo, en las próximas semanas estaremos anunciando la conformación de un panel de juristas expertos internacionales que acompañarán el proceso de nominación y elección, tanto en la Junta Nominadora como en el Congreso Nacional.

Tegucigalpa, M.D.C; 19 de julio de 2022

Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ)
Capítulo en Honduras de Transparencia Internacional

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