Elsa Ramírez – En Alta Voz

El abogado Eliseo Pérez Cadalso en su obra “Valle Apóstol de América” reseñó en una de sus páginas el tema “Capacitación cultural de la mujer” donde desborda la pasión feminista de un hondureño irrepetible.

“… Fue en 1829 cuando el sabio don José Cecilio Del Valle escribió un interesante trabajo intitulado “Mujeres”, en el cual invocaba leyes protectoras por parte de los Gobiernos. Creía _y esta era línea central en su pensamiento que el paso preliminar hacia la liberación integral de la mujer era su capacitación cultural.

Por ese tiempo nadie pensaba en el valor de la mujer, y nadie tampoco le habría defendido sus capacidades y sus derechos a la altura de los hombres.

En el mencionado estudio, Valle exhortaba a las mujeres del Istmo en esta forma; “Centroamericanas, oíd la voz de quien desea vuestra felicidad. No seáis indiferentes a los intereses de la Patria. Vuestros destinos dependen de los de la Nación; vuestra suerte está unida con la de la República”.

Asimismo, expresó, expresó que “La influencia de las mujeres es muy grande. Importa nacionalizarlas, y a ese fin sería conveniente que los periódicos publicaran artículos que llamaran su atención” “…Pasó el tiempo y nadie tomó en serio la tesis, que parecía aventurada. La mujer americana venía de la noche de la Colonia e iba hacia la noche de la incomprensión.

El hombre, su complemento histórico y biológico, afanado en las vendimias de la sangre, tan sólo acarreaba para ella miseria, abyección y muerte. No había tiempo para el alfabeto ni para trabajos ennoblecedores. Ni muchos menos para pensar en los derechos civiles o políticos de su compañera…”

Los derechos sociales de la mujer han venido otorgándose coetáneamente con los del varón, hasta culminar en el régimen establecido en la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales.

En 1923, la Quinta Conferencia Panamericana atacó por primera vez el problema de los derechos políticos para la mujer.

Por entonces sólo fue aprobada una resolución, recomendando al Consejo Directivo de la Unión Panamericana que incluya en el Programa de las futuras Conferencias, el estudio de los medios de abolir las incapacidades constitucionales y legales en razón de sexo, a fin de que, en oportunidad, y mediante el desarrollo de las capacidades necesarias para asumir las  responsabilidades del caso, se obtenga para la mujer americana los mismos derechos civiles y políticos de que hoy disfrutan los hombres”.

En la Sexta Conferencia, La Habana, 1928, a fin de darle un contenido más vigoroso y trascendente a la cuestión, fue creada “La Comisión Interamericana de Mujeres”, con miras a preparar la información jurídica y de cualquier otra naturaleza susceptibles de ser consideradas en la Séptima Conferencia, donde se emprendería el estudio de la igualdad civil y política entre hombres y mujeres.

La Comisión trabajó arduamente en el asunto; más, llegada la hora, no se puso a discusión el tema, y apenas fue aprobada una Convención sobre Nacionalidad de la Mujer Casada y un Acuerdo prolongado de existencia de la Comisión Interamericana, a la cual se dio un voto de aplauso por su meritísima labor excitándola a proseguir sus trabajos para ser presentados en la próxima Conferencia Panamericana, Lima, 1938.

De esta nueva Conferencia surgió la llamada “Declaración de Lima sobre Derechos de la Mujer”, la cual reza literalmente:

“Considerando: que la mujer, que representa más de la mitad de la población de América, reclama plenos poderes, como acto de la más elemental justicia humana;

“Considerando: Que la mujer ha participado en forma efectiva y con alto sentido de responsabilidad en el desarrollo histórico de todos los pueblos de América;

“Considerando: que ha demostrado ampliamente su capacidad en todos los campos de la cultura y de la actividad humana;

“Considerando: que la mujer de América, antes de reclamar derechos, ha sabido asumir, en el orden social, todas sus responsabilidades, dando así el más grande ejemplo de civismo consciente:

“Acuerda: 1º. Declarar que la mujer tiene derecho: a). igual tratamiento político que el hombre; b) A gozar de igualdad en el orden civil; c) A las más amplias oportunidades y protección en el trabajo, y d) Al más amplio amparo como madre.

“2º. _Encarecer a los gobiernos de las Repúblicas Americanas que aún no lo hayan hecho, que adopten con la urgencia posible, la legislación consiguiente para la realización integral de los principios contenidos en la presente declaración que se denominará: “Declaración de Lima en favor de los derechos de la Mujer”.

“…Pero la consagración definitiva de los citados derechos la encontramos en las Convenciones sobre Derechos Civiles y Políticos de la Mujer, aprobadas en la Novena Conferencia Panamericana.”

El insigne hondureño Eliseo Pérez Cadalso en su extraordinario ensayo sobre el Sabio Valle, finaliza señalando puntualmente los logros alcanzados por las mujeres de América desde la fecha en que el redactor de la Independencia de Centroamérica pronosticó o vaticinó su futuro hasta este momento.

Elsa Ramírez

Periodista y licenciada en Comunicación Social y Pública

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