Los empresarios del país con el patrocinio de la cooperación internacional desarrollaron recientemente un evento para analizar la propuesta de ley que desde ese sector han elaborado e identificado como “Ley de selección y elección de altos funcionarios”, como respuesta a la conducta inveterada que desde el Congreso Nacional se gestiona en el nombramiento de los cargos de elección de segundo grado que constitucionalmente les corresponde bajo el concepto de ascendencia y fidelidad partidaria, sin importar condiciones de meritocracia.

El sentido de esa propuesta se orienta a privilegiar la meritocracia para que los ciudadanos electos para tan altos cargos sean evaluados en base a su experiencia, formación, conducta y probidad, entre otros aspectos. Al ser nombramientos del poder legislativo es imposible que tal acto no conlleve tintes políticos partidarios que deben idealmente, ser una excepción y no la norma que defina cualquier indicio engañoso de “idoneidad”.

Los empresarios aspiran a responder a una disfuncionalidad que ha ocasionado y ocasiona la politización del sistema de justicia y consecuentemente, ha provocado la judicialización de la política y de las reformas electorales, entre otras.

A criterio de uno de los expertos connacionales invitados, hay que buscar contrarrestar la amenaza de la conflictividad que se cierne con la próxima conformación de la Junta Nominadora y el histórico e inveterado deseo, desde su aprobación constitucional, por tener el control de la misma y la ventaja de la nominación de la lista inicial de al menos 45 Abogados y Notarios y el listado final de los 15 candidatos para la elección de la Corte Suprema de Justicia.

La propuesta empresarial se suma a una segunda, que ha sido presentada por un alto funcionario de la administración central actual y a una tercera, que se promueve desde una de las vicepresidencia del Poder Legislativo. A la fecha, las iniciativas han sido delegadas a la comisión de dictamen que debe encontrar el balance que permita inicialmente, contar con una ley que se ocupa, pero que la sola ley, como otras, no surtirá cambio, ni avance alguno, si no existe voluntad política para aceptarla, respetarla, aplicarla como negación a la práctica costumbrista de la incontinencia al irrespeto de la Constitución y de la leyes, que nos identifica negativamente. 

Para una congresista invitada como panelista, hablar de la aprobación de esta ley será responder a una ausencia identificada desde el 2006 y avizora que la misma significará eventualmente la base del inicio de la prometida reconstrucción del Estado de Derecho en el país, al enmendar los “caminos torcidos” del mismo.

Queda la duda planteada por el alto funcionario público, acerca de si una vez aprobada la ley, los partidos políticos con mayor representación en el Congreso Nacional permitirán que prime la meritocracia como idoneidad para el cargo en los procesos de postulación, selección, nominación y elección o exigirán por costumbre y por la coyuntura de haber ganado la distribución mayoritaria de 15 Magistrados y el resto repartido de acuerdo al apoyo negociado/condicionado de los representantes de los partidos políticos en el Congreso Nacional que alcancen los números establecidos en la norma. Personalmente no desestimo el cumplimiento de este escenario no es el mejor, pero es el más probable de incurrir, considerando que la cultura legislativa define placebos con la aprobación de leyes, pero a la hora de cuidar sus intereses partidarios-partidistas-sectarios los harán prevaler invocando las quimeras de siempre y en todo caso, imponiendo las nuevas extrapolaciones que matemáticamente son diferentes y por consiguiente, no contienen, tampoco equivalen.

Un cuarto panelista sugirió para que las tres propuestas sean de conocimiento público para cumplir el principio de publicidad en atención a la transparencia que este tipo de asuntos del estado requieren como norma.

Un voto no rural para que en el cuerpo de leyes aparezca la de selección y elección de altos funcionarios y que políticamente hablando se venza la incontinencia al irrespeto de la ley para que las personas profesionales que se sometan a las futuras e inmediatas convocatorias confíen por primera vez en que las mismas sean creíbles y se nombren las personas idóneas e insobornables.

En todo caso, ¡Los placebos no tienen ideología!

Al cierre:

De Alicia en el país de las maravillas: “solo unos pocos encuentran el camino, otros no lo reconocen cuando lo encuentran, otros ni siquiera quieren encontrarlo

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