Comunicado No. 018-2025

La Titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), Abg. Blanca Saraı́ Izaguirre, en el ejercicio de su mandato convencional, constitucional y legal, con independencia funcional, técnica y de criterio; ante los desafı́os reportados por diversos medios de comunicación y por las organizaciones que representan a periodistas y comunicadores sociales, se pronuncia en los términos siguientes:

  1. La libertad de pensamiento y de expresión es la piedra angular de toda sociedad democrática1, pues constituye uno de sus pilares esenciales y una condición fundamental tanto para el progreso colectivo como para el desarrollo personal de cada individuo en el paı́s. Este derecho comprende la facultad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda ı́ndole, sin censura previa.
  • Las y los periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación son quienes ejercen este derecho con mayor determinación, al dedicarse profesionalmente a investigar, procesar y difundir información de interés público. Por lo cual, su labor resulta esencial para garantizar la transparencia, fomentar el debate democrático y facilitar el acceso de la ciudadanía a información veraz y plural. En contextos como el de Honduras, donde se documentan abusos, corrupción o violaciones de derechos humanos, su función adquiere un valor aún más crı́tico, convirtiéndolos en actores clave para la rendición de cuentas y la protección del espacio cívico.
  • No obstante, el CONADEH observa con preocupación que las y los periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación continúan enfrentando amenazas, agresiones, actos de intimidación y violencia, campañas de desprestigio, criminalización, acoso judicial, violencia digital y diversas presiones, incluyendo aquellas ejercidas por funcionarios del Estado y altos mandos con investidura militar. Asimismo, esta Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha sido informada sobre solicitudes de instituciones estatales, incluido el Ministerio Público, mediante las cuales se requiere a medios periodı́sticos —incluyendo los digitales— revelar sus fuentes de investigación, bajo la invocación de obligaciones legales que corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos.
  • Conforme a lo anterior, el CONADEH recuerda que la obligación del Estado respecto al derecho a la libertad de pensamiento y de expresión no se limita a reconocer este derecho en la Constitución de la República o en la legislación interna, sino que implica el deber de prevenir violaciones y generar condiciones adecuadas para su ejercicio. Esto incluye: a) prevenir actos de violencia contra periodistas; b) adoptar un discurso público respetuoso de los derechos humanos y abstenerse de estigmatizar a la prensa; c) instruir a las fuerzas de seguridad sobre el respeto a los medios de comunicación; d) abstenerse de violar el derecho de a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales; y, e) sancionar la violencia y las agresiones cometidas contra periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación2.
  • Asimismo, el CONADEH advierte que, de conformidad con el derecho internacional, las y los funcionarios públicos se han sometido voluntariamente a un mayor escrutinio ciudadano

1 Cfr. Caso Herrera Ulloa. Párr. 113; y, Caso Ivcher Bronstein, supra nota 114, párr.

2 Cfr. CIDH. RELE. Violencia contra periodistas y trabajadores de medios. 31 de diciembre de 2013.

y, por tanto, deben mantener un umbral de tolerancia más amplio frente a la crítica, incluso cuando esta sea dura, severa o incómoda. Si bien estos funcionarios pueden legı́timamente ejercer su derecho a réplica o rectiVicar información, sus declaraciones no deben vulnerar, directa o indirectamente, los derechos de quienes contribuyen a la deliberación pública mediante la libre expresión y difusión de ideas3.

  • En ese sentido, esta INDH hace un llamado a las y los funcionarios públicos, especialmente a quienes ostentan cargos de alta representación institucional, instancias militares y a la ciudadanı́a en general, a abstenerse de realizar declaraciones o acciones que puedan generar estigmatización, hostilidad o riesgos adicionales hacia periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación, y a actuar con la diligencia que exige su responsabilidad democrática.
  • Finalmente, el CONADEH recomienda al Estado de Honduras en su conjunto, garantizar condiciones de respeto y seguridad para la labor periodística, asegurando que los medios de comunicación puedan cubrir libremente el desarrollado del proceso electoral, especialmente el dı́a de la celebración de las próximas Elecciones Generales a Vin de promover la pluralidad informativa y el acceso a la información en aras de contribuir con la transparencia y la legitimidad de dicho proceso.

***Tegucigalpa, M.D.C., 20 de noviembre de 2025***

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