El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) recomendó hoy investigar con la debida diligencia, objetividad e imparcialidad la muerte violenta de mujeres, con el fin de establecer la naturaleza de los hechos, determinar responsabilidades y garantizar el derecho a la verdad y la justicia con estricto apego a estándares internacionales de derechos humanos.
A través de un comunicado, el CONADEH hizo énfasis en que, el aumento de las penas por femicidio constituye una acción legislativa determinante contra las muertes violentas de las mujeres.
Sin embargo, instó a que dicha medida esté acompañada de políticas públicas robustas e integrales orientadas a la prevención temprana, campañas educativas para erradicar el machismo y la discriminación, así como la asignación de presupuestos específicos para la protección de las mujeres en situación de vulnerabilidad.
El CONADEH fue contundente al señalar que la violencia basada en género constituye una grave violación de derechos que exige una respuesta integral por parte de todos los sectores de la sociedad para garantizar que cualquier mujer, adolescente y niña goce de una vida libre de violencia.
Se estima que entre el 2002 y junio del 2026, alrededor de 8,540 mujeres perdieron la vida en Honduras cuyos crímenes estarían impunes en más del 95% de los casos. Durante estos 294 meses, el promedio de muertes violentas de mujeres fue de 29 mensuales un promedio estimado de una víctima cada 25 horas. Alrededor de 140 mujeres perdieron la vida violentamente en el primer semestre del 2026, en diferentes regiones del país.
Comunicado No. 015- 2026
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), por medio de su titular, Abg. Blanca S. Izaguirre L., en el ejercicio de su mandato constitucional, convencional y legal, con independencia funcional, técnica y de criterio, ante las diversas declaraciones públicas relacionadas con la violencia de género en Honduras, se pronuncia en los siguientes términos:
- Esta Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) subraya que la violencia contra las mujeres no constituye un fenómeno aislado, sino una manifestación de desigualdad estructural y de relaciones de poder históricamente asimétricas. Lo que se traduce en un flagelo que activa la obligación convencional del Estado de abordar los riesgos específicos que enfrentan las mujeres, corregir sesgos de género y desarticular su impunidad estructural.
- En este marco, la tipificación penal del femicidio surge como una respuesta jurídica e indispensable para operativizar dicha obligación estatal, que lejos de ser una categoría redundante, permite nombrar y sancionar de manera diferenciada las muertes de mujeres que ocurren bajo dinámicas de subordinación, odio o desprecio, dotando a los operadores de justicia de los criterios técnicos necesarios para juzgar con perspectiva de género.
- Asimismo, esta INDH enfatiza que el aumento de las penas por femicidio constituye una acción legislativa determinante contra las muertes violentas de las mujeres. Sin embargo, insta a que dicha medida esté acompañada de políticas públicas robustas e integrales orientadas a la prevención temprana, campañas educativas para erradicar el machismo y la discriminación, así como la asignación de presupuestos específicos para la protección de las mujeres en situación de vulnerabilidad.
- En ese sentido, el CONADEH recuerda que toda muerte violenta de una mujer debe ser investigada con debida diligencia reforzada (DDR), objetividad e imparcialidad, a fin de establecer la naturaleza de los hechos, determinar responsabilidades y garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la reparación; todo ello con estricto apego a estándares internacionales de derechos humanos.
- De igual manera, esta INDH es del criterio que la operatividad de redes criminales agrava la vulnerabilidad de las mujeres, sin embargo, la eventual vinculación de una víctima con estructuras delictivas es un aspecto cuya determinación corresponde únicamente a las autoridades competentes y bajo ningún escenario debe ser utilizado para desvalorizar o exceptuar una agresión basada en género
- En esa misma línea, el CONADEH precisa que ninguna declaración emitida por esta Institución debe interpretarse como una justificación, normalización o relativización de cualquier forma de violencia contra las mujeres, pues la violencia basada en género constituye una grave violación de derechos que exige una respuesta integral por parte de todos los sectores de la sociedad para garantizar que cualquier mujer, adolescente y niña goce de una vida libre de violencia.
- Finalmente, el CONADEH reitera que continuará ejerciendo su mandato conforme a los principios de universalidad, igualdad y no discriminación, promoviendo la protección efectiva de los derechos de todas las mujeres y vigilando el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Estado de Honduras en materia de prevención y erradicación de cualquier forma de violencia basada en género.
***Tegucigalpa, M.D.C., julio de 2026***
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