San José, Costa Rica, 6 de mayo de 2022.- La Corte Interamericana celebrará del 9 al 25 de mayo de 2022 su 148 Período Ordinario de Sesiones. La Corte sesionará en forma híbrida combinando actividades presenciales y virtuales.

  1. Sentencias

La Corte deliberará Sentencia sobre los siguientes Casos Contenciosos:

  1. Caso Casierra Quiñonez y otros Vs. Ecuador

El presente caso se relaciona con la muerte de Luis Eduardo y las lesiones producidas a Andrés Alejandro, ambos de apellidos Casierra Quiñonez, presuntamente por parte de agentes de la Armada Nacional de la República del Ecuador en diciembre de 1999. Se alega la violación de los derechos a la vida y a la integridad personal de Luis Eduardo, y del derecho a la integridad personal de Andrés Alejandro, debido a que el Estado no aportó una explicación satisfactoria sobre el uso de la fuerza letal, que fuera el resultado de una investigación independiente, imparcial y con la debida diligencia.

Asimismo, se argumenta que el uso de la fuerza empleada por el Estado no habría tenido una finalidad legítima y habría resultado innecesario y desproporcionado. De igual forma, se alega que, al tratarse de presuntas violaciones a los derechos humanos, concretamente de violaciones a los derechos a la vida y a la integridad personal, los hechos no podían considerarse como posibles “delitos de función”, por lo que la investigación debió adelantarse en el fuero ordinario. En consecuencia, se alude que, al haberse aplicado la justicia penal militar, el Estado violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, específicamente el derecho a contar con una autoridad competente, independiente e imparcial, así como a contar con un recurso judicial adecuado y efectivo.

Por último, se alega que el Estado vulneró el derecho a la integridad personal de los familiares de los hermanos Casierra Quiñonez identificados en el Informe de Fondo, en tanto la pérdida de un ser querido y las lesiones de otro, así como la ausencia de verdad y justicia, ocasionaron sufrimiento y angustia en perjuicio de los referidos familiares.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

  1. Caso Moya Chacón y otro Vs. Costa Rica1

El presente caso se relaciona con la imposición de una medida de responsabilidad ulterior en contra de los periodistas Ronald Moya Chacón y Freddy Parrales Chaves por la publicación, el 17 de diciembre de 2005, de un artículo periodístico en el diario “La Nación” en el que informaban sobre presuntas irregularidades en el control de la importación de licores hacia Costa Rica en la zona fronteriza con Panamá. Uno de los agentes de policía involucrados en la investigación presentó una querella por el delito de calumnias y “difamación por medio de prensa”, así como una acción civil resarcitoria en contra de los periodistas, debido a la alegada existencia de falsedad respecto a la información publicada. Si bien los periodistas no fueron condenados penalmente por la comisión de un delito debido a la ausencia de dolo, éstos fueron condenados al pago, de forma solidaria, de cinco millones de colones por concepto de indemnización civil por daño moral.

Se alega que el artículo 145 del Código Penal y el artículo 7 de la Ley de Imprenta que establecen el tipo penal de “injurias por medio de la prensa” son incompatibles con el principio de estricta legalidad penal y el derecho a la libertad de expresión, al no establecer parámetros claros que permitan prever la conducta prohibida y sus elementos. Si bien no existió condena penal en el caso concreto, se argumenta procedente analizar su legalidad dado que las víctimas fueron sometidas a un proceso con base en dicha normativa y la misma se encuentra actualmente vigente en Costa Rica. Asimismo, se alega que la aplicación del artículo 1045 del Código Civil de Costa Rica, que regula la responsabilidad civil extracontractual, no fue conforme a los estándares interamericanos. Además, señaló que no se cumplió el requisito de estricta necesidad. En virtud de ello, se adujo que el Estado habría incurrido en la violación de los artículos 9 y 13 en relación con el 1.1 y 2 de la Convención Americana.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

  1. Caso Flores Bedregal y otras Vs. Bolivia

El caso se relaciona con la presunta desaparición forzada de Juan Carlos Flores Bedregal, dirigente del Partido Obrero Revolucionario y diputado nacional, y la alegada impunidad en la que se encontrarían estos hechos. Su desaparición presuntamente habría tenido inicio de ejecución en el marco del golpe de Estado de julio de 1980 por fuerzas militares. Se alega que, si bien se adelantaron procesos que culminaron con sentencias condenatorias, hasta la fecha no habría existido un esclarecimiento completo de lo sucedido con la presunta víctima, incluyendo el paradero de sus restos mortales, situación que ha obedecido a la activación de múltiples mecanismos de encubrimiento. Al respecto, se argumenta que la existencia de indicios sobre la muerte del señor Flores Bedregal no modificaría la calificación jurídica de desaparición forzada ya que, a 38 años de su desaparición, los familiares no contarían con información ni acceso a los restos mortales de manera que tengan certeza de cuál fue su destino. Asimismo, se aduce que ni el juicio de responsabilidades que culminó en 1993 ni la sentencia condenatoria dictada en el año 2007 habrían constituido un recurso efectivo para lograr el esclarecimiento de la verdad sobre lo ocurrido con el señor Flores Bedregal. Por último, se alega que el Estado boliviano no habría cumplido hasta la fecha con su obligación de obtener, producir, analizar, clasificar, organizar y facilitar a la sociedad en su conjunto el acceso a los archivos militares relacionados con graves violaciones de derechos humanos del pasado reciente, lo que habría tenido un impacto directo en la manera en que el Estado respondió a las solicitudes específicas de los familiares de Juan Carlos Flores Bedregal.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

  1. Audiencias Públicas de Casos Contenciosos

La Corte celebrará de manera presencial audiencias públicas en los siguientes casos contenciosos. Todas las audiencias serán transmitidas por las redes sociales de la Corte Interamericana:

  1. Caso Nissen Pessolani Vs. Paraguay

El caso se relaciona con la alegada responsabilidad internacional del Estado por la presunta violación de las garantías judiciales del señor Alejandro Nissen Pessolani en el marco de procesos seguidos en su contra por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que determinó la remoción de su cargo como Agente Fiscal Penal. El señor Nissen era fiscal en la ciudad de Asunción y desarrollaba principalmente investigaciones relacionadas con casos de corrupción. En marzo de 2002 se presentó una denuncia en su contra alegando mal desempeño en sus funciones. El Jurado de Enjuiciamiento emitió una sentencia sancionatoria disponiendo su destitución del cargo en abril de 2003 y en 2004 la Corte Suprema de Justicia rechazó una acción de inconstitucionalidad presentada por la presunta víctima. Se alega que en la tramitación de este proceso la presunta víctima no contó con un juez competente, independiente e imparcial, y que no se respetó su derecho de defensa, el principio de congruencia y el plazo razonable. Asimismo, se alega que destituir un fiscal, entre otras razones, por dar información a la prensa sobre los casos por él llevados sería contrario a la libertad de expresión. Respecto a las acciones planteadas para recurrir la decisión de destitución, se argumenta que se afectó el derecho a la protección judicial del señor Nissen Pessolani. Finalmente, se alegó que la destitución arbitraria implicó una afectación a los derechos políticos del Fiscal Nissen Pessolani.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

La audiencia pública se realizará el lunes 9 de mayo de 2022 a partir de las 14:30 (Hora de Costa Rica) y el martes 10 de mayo de 2022 a partir de las 09:00 (Hora de Costa Rica).

  1. Caso Deras García y otros Vs. Honduras

El presente caso se refiere a la alegada responsabilidad internacional del Estado por la supuesta ejecución extrajudicial de Herminio Deras García, maestro, dirigente del Partido Comunista de Honduras y asesor de varios sindicatos de la costa norte de Honduras, así como a las supuestas amenazas, detenciones ilegales y actos de tortura en contra de sus familiares. Estos hechos habrían sucedido en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en Honduras durante la década de 1980. Se alega que, debido a las actividades políticas y sindicales del señor Deras García, en enero de 1983, él habría sido detenido por agentes estatales y, posteriormente, ejecutado en su vehículo, por lo que se argumenta una violación al derecho a la vida en su contra. Se arguye que la supuesta ejecución extrajudicial habría sido cometida en represalia por sus actividades como líder político y sindical, por lo que se habría vulnerado también sus derechos a la libertad de expresión y de asociación.

Por otra parte, se alega que los presuntos golpes y maltratos, allanamientos de los domicilios y detenciones por agentes militares, sin ninguna orden judicial, de familiares del señor Deras García, entre los cuales había niñas y niños, configuraron una violación de sus derechos a la integridad personal, libertad personal, vida privada y derechos del niño. Asimismo, se argumenta que la salida del país del hermano del señor Deras García y la imposibilidad de regresar a Honduras de la hermana, que se debieron a la supuesta falta de investigación y ausencia de medidas efectivas de protección respecto de los presuntos hechos de violencia, amenazas y hostigamientos contra la familia, resultaron en la violación del derecho de circulación y de residencia. Por último, se alude que el Estado habría violado los derechos a las garantías judiciales y la protección judicial en razón de la falta de debida diligencia e inobservancia del plazo razonable en el proceso penal iniciado para examinar la supuesta ejecución del señor Deras García.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

La audiencia pública se realizará el día martes 10 de mayo a partir de las 14:30 (Hora de Costa Rica) y el día miércoles 11 de mayo a partir de las 09:00 (Hora de Costa Rica).

  1. Caso Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” CAJAR Vs. Colombia 2

El presente caso se relaciona con alegados hechos de violencia, intimidación, hostigamiento y amenazas en contra de los miembros de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR) desde la década de 1990 y hasta la actualidad, vinculados a sus actividades de defensa de los derechos humanos. Se alega que los miembros del CAJAR han sido víctimas de múltiples eventos de amenazas, hostigamientos y seguimientos en diversos lugares por parte de personas cuya identidad no se encuentra acreditada a fin de establecer si se trató o no de agentes estatales.

Sin embargo, se argumenta que el Estado realizó acciones que contribuyeron activamente a la materialización de los hechos de violencia, tales como labores arbitrarias de inteligencia, así como pronunciamientos estigmatizantes por parte de altos funcionarios. Específicamente en relación con las presuntas actividades de inteligencia, se argumenta que las labores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) a través de un grupo especial de inteligencia estratégica incluyeron monitorear las actividades laborales de los miembros del CAJAR; interceptar sus llamadas de teléfonos fijos y celulares, y correos electrónicos; y realizar fichas personales de cada integrante con sus datos personales. En este sentido, se alega que Colombia no satisfizo el requisito de legalidad para la realización de las actividades de seguimiento y vigilancia a los miembros del CAJAR. Asimismo, se alude a que dichas actividades se realizaron sin ningún tipo de control judicial. Además, en cuanto a la posible justificación de dicha interferencia, se arguye que el Estado no invocó finalidad legítima alguna perseguida mediante tales labores de inteligencia ni presentó elementos que permitieran efectuar un análisis de idoneidad, necesidad y proporcionalidad de tales medidas a la luz de una posible finalidad legítima. Por ello, se alega la ilegalidad y arbitrariedad de las labores de inteligencia del DAS en perjuicio de los integrantes del CAJAR.

Puede conocer más sobre el caso aquí.

La audiencia pública se realizará el día jueves 12 de mayo a partir de las 14:30 (Hora de Costa Rica) y el día viernes 13 de mayo a partir de las 09:00 (Hora de Costa Rica).

  1. Diligencias de Casos en trámite
  1. Diligencia en Caso Comunidad Indígena Maya Q’eqchi’ Agua Caliente Vs. Guatemala

La Corte realizará una Diligencia en el Caso Comunidad Indígena Maya Q’eqchi’ Agua Caliente Vs. Guatemala el día miércoles 25 de mayo a las 08.00 (Hora de Costa Rica). La diligencia se realizará de manera virtual.

  1. Diligencia en Caso Britez Arce y otros Vs. Argentina3

La Corte realizará una Diligencia en el Caso Britez Arce y otros Vs. Argentina el día viernes 20 de mayo a las 08.00 (Hora de Costa Rica). La diligencia se realizará de manera virtual.

  1. Audiencias de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias y Supervisión de Medidas Provisionales

La Corte realizará Audiencias Privadas de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias en los siguientes casos:

  1. Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala

La Audiencia se realizará el día martes 24 de mayo a las 08.00 horas (Hora Costa Rica).

  1. Caso Pacheco León y otros Vs. Honduras

La Audiencia se realizará el día martes 24 de mayo a las 08.00 horas (Hora Costa Rica).

  1. Medidas Provisionales y Supervisión de Cumplimiento de la obligación de investigar en los Casos Valenzuela Ávila y Caso Ruiz Fuentes Vs. Guatemala

La Audiencia se realizará el martes 24 de mayo a las 10.30 horas (Hora Costa Rica).

  1. Supervisión de Cumplimiento de Sentencias, Medidas Provisionales, así como de cuestiones administrativas

Asimismo, la Corte supervisará el cumplimiento de diversas Sentencias e implementación de las Medidas Provisionales que se encuentran bajo su conocimiento y cuestiones procesales de diferentes casos contenciosos. También verá diversos asuntos de carácter administrativo.

Se informará regularmente respecto al desarrollo de las diversas actividades de este 148 Período Ordinario de Sesiones.

***

La composición de la Corte para este Período de Sesiones será la siguiente: Juez Ricardo C. Pérez Manrique Presidente (Uruguay), Juez Humberto Antonio Sierra Porto Vicepresidente (Colombia), Juez Eduardo Ferrer Mac Gregor Poisot (México), Jueza Nancy Hernández López (Costa Rica), Jueza Verónica Gómez (Argentina); Jueza Patricia Pérez Goldberg (Chile) y Juez Rodrigo Mudrovitsch (Brasil).

***

1 La Jueza Nancy Hernández López no participará en la deliberación de la Sentencia de este caso por ser de nacionalidad costarricense, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

2 El Juez Humberto Antonio Sierra Porto no participará en la Audiencia Pública de este caso por ser de nacionalidad colombiana, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte. La Jueza Verónica Gómez se excusó de participar en la Audiencia Pública.

3 La Jueza Verónica Gómez no participará en la diligencia de este caso por ser de nacionalidad argentina, conforme al Art. 19 del Reglamento de la Corte.

***

Loading

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuar!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here